En el Memento Procesal Civil 2026 se lleva a cabo un estudio exhaustivo y riguroso que te permitirá encontrar en muy pocos segundos la información relativa a todos los procesos judiciales que pueden desarrollarse ante esta jurisdicción.
En él se analizan de forma detallada, práctica y clarificadora las fases de los diferentes procedimientos y las posibles actuaciones de las partes que intervienen en cada proceso, conforme a la práctica habitual en los juzgados y tribunales. Encontrarás fácilmente, al instante, toda la información necesaria para dominar cualquier procedimiento de la jurisdicción civil.
Incluye además el estudio detallado de ciertas cuestiones comunes a todos los órdenes jurisdiccionales (civil, penal, contencioso), como, por ejemplo, los conflictos de jurisdicción y competencia, la asistencia jurídica gratuita, el régimen de abogados y procuradores, la representación y defensa de las Administraciones públicas o la oficina judicial.
Una herramienta rigurosamente actualizada, en la que se incluyen las diversas novedades legislativas ocurridas desde la publicación de la edición anterior.
NOVEDADES DE LA NUEVA EDICIÓN
La nueva edición del Memento Procesal Civil recoge, entre otras, las siguientes novedades normativas:
Las principales novedades para esta edición derivan de la Ley Orgánica 1/2025, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, que supone:
- a) La reforma de la legislación procesal y de la planta jurisdiccional, con la creación e implantación de los Tribunales de Instancia, así como, la transformación de los órganos jurisdiccionales unipersonales en Secciones de Tribunales de Instancia o del Tribunal Central de Instancia.
- b) La regulación de los medios adecuados de solución de controversias como presupuesto procesal de admisibilidad en el proceso civil.
- c) Una amplia reforma de la LEC, destacando, entre otros aspectos:
La incidencia de la regulación de los medios adecuados de solución de conflictos (LO 1/2025 art.2 a 19) en multitud de aspectos del proceso: como presupuesto procesal, en el plano de la buena fe, costas, actos de disposición procesal, ejecución, medidas cautelares, tanto en su aspecto de requisito de procedibilidad como mecanismo al que pueden acudir las partes en cualquier momento del proceso o de su ejecución.
Las funciones del procurador, especialmente como delegatario del letrado de la Administración de Justicia a petición de parte en determinadas actuaciones de ejecución.
La previsión del dictado de sentencias orales en el juicio verbal en determinados supuestos.
La alteración de las competencias de los jueces de paz por razón de la cuantía (hasta 150 euros -10.000 euros en actos de conciliación de jurisdicción voluntaria no atribuidos a otros tribunales-).
La pérdida de competencia del juez civil en favor del de violencia sobre la mujer en determinados supuestos.
Diversas cuestiones en actos de comunicación.
En la tasación de costas: posibilidad de reducción o exoneración en función de la conducta de las partes en el previo medio adecuado de solución de conflictos.
La creación del concepto de abuso del Servicio Público de Justicia junto con la mala fe o temeridad.
La modificación de algunos puntos del procedimiento ordinario y, especialmente, del juicio verbal. Con la creación de una regulación específica para la reclamación previa relativa a la actividad de concesión de préstamos o créditos de manera oficial (LEC art.439 bis).
La reforma de diversos aspectos de la ejecución de sentencia: títulos ejecutivos, costas y gastos de la ejecución, documentos de la demanda ejecutiva, suspensión de la ejecución por sumisión a medio adecuado de solución de conflicto, subasta, enajenación por persona o entidad especializada.
Así como, la reforma de numerosas leyes de contenido procesal o con incidencia en el proceso. Además de la LOPJ, la LEC, la LECr y la LJCA, la L 36/2011, la Ley del Notariado de 28-5-1862, la Ley de demarcación y planta judicial (L 38/1988), el Código Civil, el Texto refundido de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios (RDLeg 1/2007), la Ley Hipotecaria, la Ley de Propiedad Horizontal, el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (L 50/1981), la Ley de Bases de Régimen Local
(L 7/1985), la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LO 5/1985), la Ley de Competencia Desleal (L 3/1991), la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita (L 1/1996), la Ley del Gobierno (L 50/1997), la Ley de Asistencia Jurídica al Estado y Entidades Públicas(L 52/1997), la Ley de Condiciones Generales de la Contratación (L 7/1998), la Ley de Sociedades Profesionales (L 20/2007), la Ley del Registro Civil (L 20/2011), la Ley de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles (L 5/2012), la Ley de Reconocimiento Mutuo de Resoluciones Penales en la UE (L 23/2014), la Ley de Jurisdicción Voluntaria (L 15/2015), la Ley de Sociedades de Capital, el Estatuto de los Trabajadores, la Ley de resolución alternativa de conflictos en materia de consumo (L 7/2017), el Texto refundido de la Ley Concursal (RDLeg 1/2020) y el RDL 6/2023 -en materia de Servicio Público de Justicia-, entre otras.
Además, de la reforma procesal anterior, cabe mencionar como otras novedades de la presente edición:
Las medidas urgentes derivadas de la DANA de octubre y noviembre de 2024 con incidencia en diversas disposiciones de carácter procesal (RDL 6/2024, RDL 7/2024, RDL 8/2024).
La modificación del texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el RDLeg 8/2004 (L 5/2025).
La modificación de la legislación procesal del Principado de Andorra (L Andorra 1/2025).
Junto a todo lo anterior, se lleva a cabo una actualización jurisprudencial exhaustiva






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