El sistema de responsabilidad patrimonial en España ha sido objeto de un proceso de mitificación que lo ha llevado a convertirse en «un acertijo, envuelto en un misterio, dentro de un enigma». La causa principal: la atribución de un carácter netamente objetivo al sistema instaurado por la Ley de Expropiación Forzosa en 1954. Este dogma de la objetividad ha calado durante décadas en el imaginario colectivo hasta conformar un mito jurídico, asumido incluso por las voces críticas que, en los años noventa, denunciaron con fuerza su supuesta disfuncionalidad.
Esta obra rompe con esa inercia y reivindica que la responsabilidad patrimonial española «es también, pero no solo, objetiva». A través de una crítica profunda a la objetividad global, el autor precisa el papel de la antijuridicidad y delimita qué debe considerarse un riesgo administrativo susceptible de resarcimiento. Con este fin, se analizan con «anteojos de administrativista» los múltiples fundamentos que justifican la adopción de regímenes estrictos de responsabilidad en el Derecho privado, y se plantea la extrapolación al campo administrativo de un método simplificado de evaluación del riesgo (ámbito laboral, NTP 330) que permite la ponderación operativa de sus dos variables fundamentales: la probabilidad y la gravedad del daño. Una propuesta que se ofrece al debate científico con el fin de sumar nuevas vías de investigación en la materia.







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